Variedades

jueves, 16 de junio de 2016

Foro I - Derecho Penal

Por Franklyn vicente

Por el alto índice delictivo en los último meses, he intentado resolver o dar respuesta a las a estas dos incógnitas y me gustaría saber la opinión de los lectores de este medio.

• ¿Puede el derecho penal ser la solución a toda la conflictividad que se produce en una sociedad?
• ¿Ante la manifiesta inseguridad ciudadana y la percepción que tiene la ciudadanía del auge de la delincuencia, es necesario aplicar políticas de manos duras (Howard Safir y el diseño de políticas "tolerancia cero")?

Respuestas No. 1:
No estoy de acuerdo.

¿Por qué?
De acuerdo con Javier Llobet Rodríguez, “La solución del conflicto u obtención de la paz jurídica debe lograrse no a través de las medidas coercitivas, sino más bien por medio de las soluciones alternativas al conflicto que hagan innecesaria la imposición de una pena o de la sentencia definitiva que resuelva sobre la culpabilidad del imputado.”

En consonancia con lo expresado por Llobet Rodríguez, puedo expresar que las medidas coercitivas impuestas por el derecho penal, no solucionan la infinidad de conflictos que surge en la sociedad actual. Ahora bien, adopto la tesis, de solución alternativa de conflicto con el fin de buscar una salida rápida y amigable entre las partes, sin lesionar lo establecido en la normativa procesal vigente.

El Código Procesal Penal dominicano, en su artículo art. 2, se refiere a la “solución del conflicto. Considero que el derecho penal, debe procurar resolver conflictos surgidos a consecuencia del hecho punible, para contribuir a restaurar la armonía social.

Ahora bien, la imposición de la pena, no es determinante en la rehabilitación del infractor de las leyes, sino que aísla al individuo que delinque, pero es preciso utilizar medidas alternativas para que el individuo pueda reeducarse y ser un ente productivo para la sociedad.

El derecho penal, combinado con la educación familiar, con programas de rehabilitación, entorno social favorable, puede dar una respuesta aproximada a la conflictividad social, pero no la solución definitiva.

Respuestas No. 2:
El concepto “tolerancia cero”, parte de “que si no se castigan los pequeños delitos, y se consolida el sentimiento de impunidad por abandono del ejercicio de la autoridad, y la desidia de los vecinos, los delitos mayores -como el robo y el asesinato- llegarán más temprano que tarde”.
Ahora bien para la ejecución de la política manos duras, es necesario crear los medios idóneos para que la misma de los resultados esperados, ya que una política de manos duras, sin los medios de rehabilitación necesarios resultara un fracaso.

La constitución dominicana, llama a poner en práctica la política de manos dura en el territorio dominicano, cuando expresa que: es deber del Estado, ‘’salvaguardar la seguridad ciudadana; prevenir y controlar los delitos; perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente; y mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica de conformidad con la Constitución y las leyes’’.

Antes de iniciar con manos duras, es preciso, crear los medios necesarios para que la misma pueda lograr su cometido, es decir iniciar con manos duras, en transformar la Policía Nacional, sanear dicha institución a lo interno, realizar una limpieza. Así como crear medios académicos y laborales, para rehabilitar a los infractores de la ley penal, que serán objeto de la política de mano dura.

No hay comentarios: