Variedades

viernes, 31 de mayo de 2013

Anuncian pruebas para producir sangre artificial

Estocolmo— Investigadores escoceses recibieron la autorización para la realización de experimentos con sangre artificial en seres humanos, el primer proyecto de ese tipo en el mundo, anunció ayer la prensa de Escocia.

El permiso forma parte de una serie de licencias otorgadas por la Agencia Reguladora de productos médicos y de cuidado de la salud de Reino Unido (MHRA), que permitirá avanzar en la experimentación con células madre provenientes de adultos en lugar de embrionarias.

La investigación sobre la sangre artificial, revelada por primera vez en 2009, emplea células madre para la fabricación a escala industrial de sangre, enfrentar así su eventual escasez y el actual riesgo de contagio de infecciones provenientes de los donadores.

Los trabajos los efectúan investigadores del Centro Escocés de Medicina Regenerativa (SCRM, por sus siglas en inglés), quienes pretenden ahora emplear en sus experimentos células madre donadas por adultos más que las provenientes de embriones, como lo han venido haciendo.

Fuente. El Diario MK





jueves, 30 de mayo de 2013

Dominicanos son el segundo grupo étnico más pobre de Estados Unidos con 26.3%

NUEVA YORK._ A pesar de que los inmigrantes dominicanos es la cuarta comunidad con mayor población en Estados Unidos (2.9%) lo que representa 1, 528,464 de habitantes, su nivel de pobreza ocupa el segundo lugar, por debajo de la mayoría de hispanos, indígenas y nativos de Alaska y los afroamericanos, revela un informe del Centro de Políticas de Inmigrantes con sede en California, divulgado ayer jueves.

El estudio dice que un 26.3% de los dominicanos y dominicanas viven por debajo de la línea de pobreza, seguidos por los indígenas con un 27% y los afroamericanos con el 25.8%, pero que relativamente esos dos grupos subsisten en mejores condiciones estructurales que los quisqueyanos.

Según el periodico digital, dominicausentes




miércoles, 29 de mayo de 2013

“Hasta el papa tiene pecados”

El papa Francisco dijo hoy que la Iglesia no es una organización creada por un grupo de personas, sino que es obra de Dios y que está compuesta por pastores y fieles con sus defectos y pecados y que "hasta el papa tiene pecados...y muchos", pero que Dios siempre perdona.

Ante más de 100,000 personas y desafiando la lluvia, el papa Francisco celebró en la plaza de San Pedro la tradicional audiencia de los miércoles, cuya catequesis dedicó a la Iglesia y al "proyecto de Dios" de que todos los hombres sean una única familia, "se sientan familia de Dios".

El pontífice subrayó que todavía muchas personas dicen "Cristo sí, Iglesia no", "creo en Dios, pero no en los sacerdotes", pero aseguró que es la Iglesia la que lleva a los hombres a Cristo, a Dios.

"Por supuesto que en quienes la componen -pastores y fieles- hay defectos, imperfecciones y pecados. También el papa tiene muchos pecados, pero cuando nos damos cuenta de ese pecado, encontramos la misericordia de Dios. Dios siempre perdona. No olvidemos esto", manifestó.

También señaló que la Iglesia se manifestó cuando el Espíritu Santo "colmó el corazón de los apóstoles y los impulsó a anunciar el Evangelio difundiendo el amor" (pentecostés).
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El papa no se resguardó de la lluvia y prosiguió su recorrido por la plaza visiblemente mojado. Cuando concluyó y subió al estrado donde leyó la catequesis se le vio secarse la cara y el pelo.


martes, 28 de mayo de 2013

Doce pasos para fortalecer tu autoestima



1. Cultiva pensamientos positivos
Algunas personas ven la botella medio llena y otras, medio vacía. Es importante interpretar la vida en clave positiva y cultivar pensamientos optimistas y constructivos. Solos o con la ayuda de un profesional podemos aprender a controlar pensamientos negativos recurrentes que dañan nuestra autoestima y nos impiden ver las oportunidades que nos ofrece la vida.

2. Recuerda que nadie es perfecto
Nadie es perfecto y tenemos que aprender a querernos y a valorarnos, con nuestras virtudes y defectos. Somos seres únicos y nuestras imperfecciones nos convierten en personas especiales e irrepetibles. Esta aceptación no es incompatible con una sana voluntad de mejora.

3. Eres tu mejor amigo
Nadie mejor que tú mismo para superar problemas de inseguridad o una baja autoestima. Aprende a quererte y a cuidarte, en definitiva, debes ser tu mejor amigo o amiga. Valora los logros alcanzados y no te castigues en exceso por los errores y los fracasos. Todos nos equivocamos y esos momentos constituyen una magnífica oportunidad para aprender y crecer como personas.

4. Aléjate de las personas tóxicas
Algunas personas tienen un impacto negativo en nuestras vidas y, especialmente, en nuestra autoestima. Son dañinas y manipuladoras, y con sus comentarios y acciones destruyen nuestra seguridad y desfiguran la percepción que tenemos de nosotros mismos. Es importante alejarse de las personas tóxicas y fomentar relaciones positivas y gratificantes.

5. Huye de la pasividad
Los encuentros con familiares y amigos, los paseos, las actividades académicas o deportivas y, en definitiva, una vida activa nos impiden caer en el aburrimiento y el desánimo, y en una espiral de pensamientos negativos. La máxima mente sana en un cuerpo sano es cierta. Intenta realizar alguna actividad física –si no te gusta practicar deporte puedes pasear a diario- que te ayude a estar conectada con tu cuerpo y conocerlo mejor.

6. Una relación sana con tu pareja
Las personas que han sido víctimas de relaciones abusivas durante la infancia tienen más riesgo de caer en relaciones abusivas durante su vida adulta. Tener una pareja que te quiera, te valore y te acepte como eres, con tus virtudes y tus defectos, te dará la estabilidad y la seguridad necesarias.

7. Aprende a conocerte mejor
Descubre qué es importante para ti, qué te hace feliz, qué no estás dispuesto a tolerar, a qué no estás dispuesto a renunciar, qué personas de tu entorno te hacen sentir bien y qué actividades te producen placer. Si te conoces mejor, te sentirás más seguro y confiado, y tendrás una autoestima más alta.

8. Fiel a ti mismo
Debemos ser fieles a nuestra esencia y también a nuestros principios y valores. Pretender que somos distintos para gustar a los demás solo nos creará inseguridades. Ser auténticos y mostrarnos como somos refuerza nuestra autoestima. Imitar a personas que admiramos u ocultar nuestra personalidad y opiniones solo nos traerá problemas.

9. El trabajo o el dinero no te definen
No permitas que los problemas económicos o laborales minen tu autoestima. Tus pertenencias materiales no te definen y no eres mejor o peor en función de tus cuentas bancarias o de tu trabajo. La percepción que tienes de ti mismo no debe fluctuar como las acciones de Wall Street.

10. No tienes un control total
Comprender que no tenemos un control total sobre nuestras vidas y que no podemos hacernos responsables de todo lo que ocurre a nuestro alrededor también reforzará nuestra seguridad y autoestima. No podemos controlar la crisis económica mundial, ni la salud de todos nuestros seres queridos, ni los fenómenos meteorológicos… ni muchos otros aspectos de nuestro día a día. No somos responsables, y mucho menos culpables, de gran parte de lo que acontece.

11. No te compares con otros
Compararse constantemente con otros es muy dañino y muy perjudicial para nuestra autoestima. Algunas personas están constantemente pendientes de la vida de los demás con la única finalidad de compararse con ellos. Analizan su aspecto físico, sus familias, sus trabajos, sus posesiones materiales, su comportamiento…y siempre llegan a la conclusión de que la vida de los demás es mejor. Es mucho más sano vivir nuestra vida y comprender que no es mejor ni peor que la de los demás, simplemente, somos diferentes.

12. Aprende a lidiar con los fracasos
No saber tolerar o gestionar los inevitables reveses y fracasos de la vida es una muestra de inmadurez. No podemos permitir que las malas rachas golpeen nuestra autoestima. Todos nos hemos sentido rechazados o hemos tenido que aceptar que nuestro sueño no se iba a cumplir. Eso no nos hace mejores ni peores, simplemente, humanos.
istinta.

lunes, 27 de mayo de 2013

Ley 147-02, sobre Gestión de Riesgos, guía de orientación frente a posibles desastres naturales

Por Franklyn Vicente Vicente.-
Sección: La Pluma en la Espada.-

Oportuna es la ocasión para felicitar al Departamento de Gestión de Riesgos en nuestro municipio de Padre Las Casas, encabezado por el joven Geury Sánchez, ya que el mismo ha venido impartiendo diversos talleres de capacitación a los representantes de las diferentes instituciones de nuestro pueblo. Con este plan de capacitación se da cumplimiento a lo establecido en la Ley 147-02, sobre Gestión de Riesgos, ya que la misma expone: “Que es necesario impulsar la participación de la comunidad en la gestión de riesgos, involucrando en el proceso organizaciones comunitarias, asociaciones o entidades que apoyan, entre otros, el trabajo de comunidades, la reubicación de asentamientos humanos en riesgo, la gestión ambiental o la reconstrucción post-evento”... [+] continuar

sábado, 25 de mayo de 2013

Preguntas que no debes hacerles a los hombres


Y consejos para los hombres
Así como hay frases que no conviene pronunciar frente a tu pareja para evitar peleas, también hay preguntas que es mejor jamás formular frente a un hombre. ¿Por qué? Y pues, por la misma razón; hay preguntas cuyas respuestas no estamos preparadas para escuchar entonces nos llevan camino directo hacia una discusión de pareja asegurada.

Las mujeres somos especialistas en querer intepretar todo y, confesemos, a veces tendemos a intepretar las cosas de forma equivocada, o al menos de forma diferente, a la verdadera intención con que ellos respondieron.

 "Si me muero, ¿cuánto tiempo me llorarás?" ¡Qué pregunta más rebuscada! A mi nunca se me ocurriría hacerla, pero es bueno tenerla en cuenta. Analicemos: esta pregunta, en el mejor de lo casos, te llevaría a una respuesta como: "“El resto de mi vida, mi amor, no podría seguir adelante sin ti”. Entonces tú pensarás, “así que arruinaría tu vida”, o le podrías decir “pero tienes que seguir viviendo”, y él te puede responder “sí, en realidad seguiría viviendo”, por lo que puedes pensar “entonces no me quiere tanto”. Por todo esto, es una pregunta que no te llevará a buen puerto, ni hablar si de entrada te dice “puedo sobrevivir sin tí”.

"¿Crees que mi hermana es atractiva?" Otra pregunta que no tendrá una respuesta satisfactoria. Lo más normal sería que tu chico te respondiera “ella está bien, supongo…”, pero también puede responderte “ella es muy atractiva, muy linda” (ya te complicarías un poco), y si te dice algo negativo, ahí pensarás “¡Cómo se le ocurre decir algo así de mi hermana!”, así que mejor no navegues por esas aguas.

"¿Estoy gorda?" ¡Pregunta prohibida! Simplemente porque ninguna respuesta nos termina convenciendo. Lo más seguro que te responda que no, pues aun en el caso que lo estuvieras, no querrá herir tu autoestima. En este caso, no le creerás la respuesta por esa misma razón: crees que te está mintiendo para no lastimarte. Sin embargo, si tu chico es más sincero de lo normal y te dice "sí, mi amor, la verdad que estás más gordita", ¡vaya escándalo que se aproxima! Las mujeres no solemos tomarnos bien esta respuesta, entonces ¿para qué correr el riesgo de obtenerla?

 "¿Crees que tengo razón? ¿O piensas que tu madre la tiene?" Suegra... Cuídate de todo lo que digas de ella, pues con solo nombrarla puede llevar a discusiones con tu novio. Evita esas preguntas, a menos que adores a tu suegra y cualquier comparación con ella sea un halago para ti.

Consejos para los hombres Detrás de todas estas preguntas que generalmente no llevan a un final feliz, los hombres tienen que comprender que la mujer está preguntando: ¿Me amas más que a todo? O de alguna manera está preguntando cuánto la amas. Así que cuando una mujer empiece con esas preguntas, lo mejor es responder amorosamente y demostrar el amor, así como sería mejor que las mujeres preguntáramos directamente, y no con esas preguntas capciosas, que probablemente no tengan una respuesta satisfactoria. ¿Qué otras cosas te parece que no hay que preguntarle a los hombres?

Fuente. Mujer parea y sexo

jueves, 23 de mayo de 2013

Males comunes de los asiduos a la computadora

Si pasas tu día frente a este aparato, ya sea por trabajo o por gusto, se puede afectar tu salud.

Elnuevodiario.com-

 Dolor de espalda - La mala postura es la principal causa de esta dolencia que puede ser crónica y muy molesta. La solución es mantener siempre una postura erguida, siempre hasta el fondo de la silla para recargar la espalda, además de pararte y estirarte durante las diversas horas para relajarte.

Dolor de hombros y cuello - Es parte también de la mala postura, así que procura colocar el teclado en una postura correcta que permita una movilidad, poniendo el ordenador a una altura en que tus brazos puedan hacer una escuadra.

Dolor de dedos y huesos - Por teclear demasiado rápido o por usar el mouse sucede; puedes evitarlos colocando el “ratón” a una distancia cómoda y considerable para poder estirar el brazo, además de que debe ser de un tamaño adecuado a tu mano. También procura evitar los cambios de temperatura porque las manos están calientes por el movimiento.

Dolor de piel - Se da más frecuente en los usuarios de laptop, quienes acostumbran a colocar el ordenador sobre las piernas, lo que incluso puede provocar quemaduras, así que siempre utiliza un soporte.

Irritación ocular - Después de pasar horas frente al monitor, es posible que tus ojos empiecen a resentirlo y sientas molestias. Lo mejor es retirar tu vista de la pantalla durante algunos minutos en diferentes periodos de tiempo para que les permitas descansar; procura también mantener el monitor entre 40 y 70 centímetros de distancia, coloca un filtro a la pantalla y si usas lentes pídelos con antirreflejo.

Dolor en las muñecas - Conocido como el síndrome del túnel carpiano, que provoca dolor, calambres y hasta pérdida de fuerza, ya que es la consecuencia de flexionar y extender la muñeca constante y excesivamente. Algunas veces se tiene que recurrir a una cirugía para reparar el daño.

miércoles, 22 de mayo de 2013

Sexo y vino con moderación alargan y mejoran la calidad de vida

El Nacional-
Una intensa actividad sexual, sobre todo después de los sesenta años, alarga y mejora la calidad de vida, aseguró este martes en Panamá un experto, quien también destacó la ingesta moderada de vino como un factor para tener una mayor longevidad.

 "Lo que es cierto es que a mayor grado de actividad sexual mejora la longevidad y mejora la calidad de vida conforme se envejece", aseguró el geriatra mexicano Clemente Zúñiga durante un encuentro con periodistas en Panamá.

 "Pero todavía más importante es que quienes mayor actividad sexual tienen después de los 60 años también tienen una mejor calidad de vida porque tienen menos enfermedades", añadió. Zúñiga, integrante del Comité Ejecutivo de la Academia Latinoamericana de Medicina del Adulto Mayor y Profesor titular de la Universidad Autónoma de Baja California, inició en Panamá una gira que lo llevará por más de una decena de países de América Latina para tratar temas relacionados con el envejecimiento.

 Según este experto, la actividad sexual es una actividad deportiva, lo que facilita la conservación de la masa muscular que el ser humano va perdiendo con los años. Además, con la práctica del sexo "se controlan más fácilmente las enfermedades" y "es más difícil" que una persona caiga en una depresión.

 Según este especialista, los últimos estudios sobre envejecimiento realizados en la última década destacan que la masa muscular podría crucial en la última fase de la vida.

 Zuñiga recomienda la realización de actividades deportivas, sobre todo de resistencia, que ayuden a trabajar el músculo, incluido el sexo, "como la mejor vacuna" para afrontar una mejor vejez. De los 1.200 millones de personas que en 2020 tendrán más de 20 años, 100 millones van a tener una masa muscular inadecuada, según Zuñiga.

 Este experto también destacó que "la ingesta moderada de vino tinto (una copa al día) de manera cotidiana es de beneficio para la salud, para la longevidad y para la calidad de vida" porque favorece la salud cardiovascular de la persona, "pero con moderación", advirtió.


jueves, 16 de mayo de 2013

El derecho de defensa como garantia del proceso penal

Por Geovanny Vicente Romero.-

  Sin lugar a dudas, el ya conocido y discutido derecho a la defensa, en el ámbito penal, debe ser considerado como el derecho intangible que le asiste a todo ciudadano y ciudadana de defenderse de todos los cargos que le presenten en el curso de un proceso legal, incluso considero que en igualdad de condiciones (principio de igualdad), siendo este derecho a la defensa un derecho tan básico, que en su ausencia, las demás garantías que aseguran el respecto del Debido Proceso de Ley, serian inefectivas.

 El derecho a la defensa, constituye de manera incuestionable, uno de los pilares que fundamentan la obligación de la Tutela Judicial Efectiva, razón por lo cual, cuando la acción del Estado priva de la libertad a un ciudadano, por la presunta comisión de un ilícito penal (principio de presunción de inocencia), este individuo tiene derecho a contar con las herramientas técnicas y legales que le permitan defenderse, en condiciones de igualdad contra la parte opuesta en el proceso, es decir, poder contar con la asistencia profesional que necesita para no encontrarse en un estado de indefensión.

Cuando apelo al principio de igualdad, me refiero a que ese ciudadano debe contar con la asistencia de un jurista preparado y capacitado, debido a que la contraparte no lo pensara dos veces en llevar un letrado de reconocido prestigio o formación. Es aquí donde, actores de la justicia gratuita, como lo son los defensores del Servicio de Defensoría Pública, deben recibir una educación continuada en su área de trabajo a los fines de no poner en peligro el correcto ejercicio de este derecho.

En el pasado estos defensores recibían el nombre de Abogados de Oficio, pero con la entrada en vigencia de la Ley 277-04 se crea el Servicio Nacional de Defensa Pública, y pasan a denominarse defensores públicos. Aquí, evidentemente estamos hablando del Principio de Gratuidad de la Justicia, ya que la negativa de brindar asistencia jurídica oportuna, constituye una violación a la Constitución de la República, así como de los Tratados Internacionales que ha suscrito la República Dominicana en esa materia. Recordemos que una de las obligaciones del Estado en materia de justicia, es la de crear y mantener un servicio de defensa pública, técnica, integral y permanente para beneficiar a aquellos imputados que no puedan proveerse de una defesan privada debido a su estrechez económica.

 Podemos ver la importancia del derecho de defensa cuando analizamos el Código Procesal Penal dominicano, y notamos que este derecho está consagrado como uno de los Principios Fundamentales sobre los cuales está amparado todo el proceso que guarda el Código, cuando en su artículo 18 señala que“todo imputado tiene el derecho irrenunciable a defenderse personalmente y a ser asistido por un defensor de su elección. Si no lo hacen el Estado le designa uno.

El imputado puede comunicarse libre y privadamente con su defensor desde el inicio de los actos de procedimiento y siempre con anterioridad a la primera declaración sobre el hecho. El defensor debe estar presente durante la declaración del imputado. El Estado tiene la obligación de proporcionar un intérprete al imputado para que le asita en todos los actos necesarios para su defensa, si éste muestra incomprensión o poco dominio del idioma español”.

 El derecho a la defensa abarca la prerrogativa de lograr el reconocimiento y la protección de los derechos de ese ciudadano, o de poder resistir la pretensión de restricción que implican los cargos que se le imputan. Es por todo lo antes dicho, que la inviolabilidad de este derecho a la defensa, constituye la garantía principal con la que cuentan los ciudadanos a la hora de verse con la justicia. Lic. Geovanny Vicente Romero Criminólogo Penitenciarista @geovannyvicentr

domingo, 12 de mayo de 2013

El Arresto Domiciliario y su Caracter Clasista en RD

Por Geovanny Vicente.-

SUMARIO: 1. El Arresto Domiciliario; 2. La importancia de esta Medida; 3. Restricciones a esta Medida; 5. Análisis del carácter Clasista en la aplicación de la Medida del Arresto Domiciliario

1. EL ARRESTO DOMICILIARIO: A la hora del juez evaluar la medida de coerción a aplicar sobre la persona del imputado, debe determinarla a luz de lo establecido en el artículo 226, el cual en su orden de enumeración de las distintas medidas finaliza con la prisión preventiva, la que sólo es aplicable cuando no pueda evitarse razonablemente la fuga del imputado mediante la imposición de una o varias de aquellas que resulten menos gravosas para su persona.

 Para el tratadista Jesús Caballero, el arresto domiciliario es una medida cautelar que puede ejecutarse en el propio domicilio del imputado o en el domicilio de otra persona que así lo consienta y a su vez dicho arresto podrá efectuarse o realizarse con vigilancia o sin ella. Resulta ser la medida más propicia y prudente para aplicar en los casos que estan consagrados en el segundo párrafo del artículo 234 del Código Procesal Penal Dominicano, como la situación de salud, de una persona mayor de setenta (70) anos y que su posible pena a aplicar no le es imponible una mayor de cinco años ; y en el caso de las personas que sufran de una enfermedad en estado terminal, así como de las mujeres embarazadas y durante la lactancia y, por otro lado, de los casos en que la actitud procesal y demás aspectos de vida del imputado al ser sospesados llevan a la ausencia de peligro de fuga y a la carencia de posibilidades de continuidad de la acción delictiva.

 Para la aplicación de la institución del arresto domiciliario, se toma en consideración generalmente, la edad del imputado como ya hemos dicho anteriormente, su estado de salud, la clase del delito. Se le ha dado uso en los procesos seguidos a políticos, empresarios, diplomáticos, que son acusados de la realización de un ilícito. Sin embargo, es saludable aclarar que no se ha utilizado para la sustitución de una pena, en virtud de que esta medida personal esta reglada a los fines de aplicarla al imputado cuando se reúnan las condiciones y requisitos que hagan procedente su imposición. El arresto domiciliario suprime la libertad de tránsito del imputado por su permanencia forzada en su domicilio o, en custodia de cualquier persona: funcionario del Estado, profesional distinguido, pariente o aliado de conocida solvencia moral, miembro prominente de la comunidad, etc. Inclusive bajo cualquier otra vigilancia que el juez disponga, o aun mas, sin custodia o vigilancia alguna, pero siempre tomando en cuenta su modo de vida a la hora de depositar confianza sobre él.

 2. LA IMPORTANCIA DE ESTA MEDIDA: En virtud de su naturaleza consistente en la privación de la libertad, la figura procesal del arresto domiciliario se adoptará tanto en lo concerniente al supuesto del riesgo de fuga, como en el supuesto del riesgo de alteración de prueba, y que en la mayoría de los casos, si se busca que la medida sea real y efectivamente eficaz, se hará menester establecer la respectiva vigilancia, a los fines de garantizar la efectividad del arresto y prevenir que el imputado pueda incumplir la disposición del arresto domiciliario, saliendo libremente en ausencia de previa autorización de las autoridades encargadas de regular y darle seguimiento al arresto en cuestión.

 Es por todo esto que se hace ineludible, pensar en la necesidad que tiene el juez de visualizar estos elementos para imponer esta medida de coerción personal, ante la posibilidad de que en la República Dominicana no tenga la misma eficacia que la que han tenido otros Estados, en virtud de la ausencia o inexistencia de organismos competentes que cuiden por el fiel control y cumplimiento a cabalidad, en toda la extensión de lo estatuido por el Tribunal.

 3. RESTRICCIONES A ESTA MEDIDA: A la luz de lo consagrado en el contenido del artículo 226 del Código Procesal Penal Dominicano, en su parte in fine, restringe la imposición de tres medidas de coerción, dentro de las cuales se encuentra el arresto domiciliario, cuando el ilícito penal que se ha comisionado, amerite o constituya una infracción de acción privada, en virtud a la clasificación de las infracciones que hace nuestra normativa procesal penal.

 4. CARACTER CLASISTA DE SU APLICACION: Es cierto que dentro de las ventajas que proveen las medidas alternativas a la prisión enumeradas por la Ley, está la de evitar los gastos que ocasionarían la creación y mantenimiento de nuevos establecimientos penitenciarios, que estas medidas vendrían a reducir considerablemente la alarmante cifra de internos preventivos (la sobrepoblación carcelaria), dar a la comunidad la oportunidad de revisar su actitud con respecto a los delincuentes, pero no menos cierto es, que la clase alta es la más favorecida con la figura procesal del arresto domiciliario como medida de coerción, en virtud de que esta medida conlleva una serie de gastos al Estado tales como garantizar una custodia o tutela de un oficial sobre el domicilio del imputado, si la medida prevé vigilancia policial bajo el alegato de que el sistema penitenciario no ofrece condiciones mínimas para el cuidado de su precaria salud, y la existente sobrepoblación penitenciaria no ayuda mucho.

Mientras que en el caso de los imputados de escasos recursos o insolventes económicos, el Estado no cuenta con los recursos para sostener esta medida en su favor, y están condenados a la reclusión. Algo que favorece a los imputados de mayor solvencia económica es que cuentan con los recursos de aguantar de manera sostenible esta medida de coerción alternativa a la prisión.

 Esta medida cautelar ha sido objeto de un sin número de críticas por parte de la sociedad civil y otros sectores de la vida nacional, algunas referentes a la dificultad de garantizar su fiel cumplimiento, ya que en cada caso hay que asignarle al imputado en cuestión, un oficial de la Policía Judicial particular, que debe custodiar la casa del procesado a los fines de someterlo a una vigilancia permanente, para así evitar que se viole el cumplimiento de esta disposición, y a la postre ese oficial tal vez producto de sus necesidades económicas, termina siendo cómplice del primero.

No han sido una ni dos, las veces que se tiene evidencia testimonial a través del vox populis y de los medios de comunicación sobre sospechas del debido cumplimiento, en principio, y sobre descubrimientos in fragrante de personas que estaban destinados a guardar prisión en su morada y son encontrados en centros de diversión, tales como discotecas y clubes. Otro aspecto que es sometido a la crítica de la sociedad, es en lo referente a la desigualdad que existe en su aplicación, en virtud de que unos viven en villas y palacios, mientras que otros están carentes de todos esas comodidades, es por esto que generalmente los pobres cumplen una prisión preventiva en los establecimientos penitenciarios.

Por otro lado hemos analizado que en la única circunstancia que el arresto domiciliario funcionaria, seria cuando es aplicada en poblaciones de número reducido de habitantes, donde las informaciones corren con una rapidez inmensa y donde todos los habitantes se conocen entre sí y están pendientes del cumplimiento de la medida impuesta al que ha cometido el hecho punible, o en poblaciones que por muy grandes que sean cuentan con mecanismos de control sofisticados.

El arresto domiciliario, en los casos especiales que demuestren que cumplen a cabalidad con los requisitos y condiciones necesarias para ser impuesto, entre otras cosas, debe perseguir disminuir el aislamiento del infractor, y favorecer su trabajo fuera del sistema penal, a los fines de proveer al imputado una manera más fácil de reindertarse a la sociedad.




Autor: Lic. Geovanny Vicente Romero
CriminólogoPenitenciarista
@geovannyvicentr

jueves, 9 de mayo de 2013

El Voto Electoral Penitenciario en la Republica Dominicana

Por Lic. Geovanny Vicente Romero, CriminólogoPenitenciarista.-

 UNA MUESTRA DE QUE LA POBLACION PENITENCIARIA NO DEBE SER EXCLUIDA DE LAS GRANDES DECISIONES QUE TOMA EL PAIS.

 La decisión adoptada por el Pleno de la Junta Central Electoral de la República Dominicana a finales del año 2011, de aprobar el voto electoral penitenciario de cara a las elecciones del 20 de mayo del 2012, ha venido a ser un aliciente dentro de tanta exclusión social y ciudadana que sufren y padecen los internos que están recluidos en los Centros Penitenciarios del país.

De igual modo, ha venido a ser un hecho innovador y trascendental el que las autoridades públicas hayan puesto su atención sobre aquellos que a pesar de estar guardando prisión, continúan siendo personas y por tanto, tienen derecho a ser tomados en cuenta en para la participación en la toma de las grandes decisiones de un país, en especial cuando está en juego el futuro de la Nación como sucede cada vez que se presentan las elecciones, máxime si esta participación viene a consolidar la democracia participativa a través del principio de universalidad que le asiste al sufragio.

Sin embargo, por lo complejo de la implementación de ese proyecto, antes deberán llevarse a cabo una serie acciones tendentes a preparar ese escenario para el ejercicio de la democracia, como prepararle un expediente a los que están aptos para el voto (preventivos), donde conste que cumple con el principal requisito que es no ser un interno condenado, para evitar futuros cuestionamientos. En el transcurso del año 2011, Comisiones conformadas por la Junta Central Electoral y la Procuraduría General de la República, estuvieron trabajando en la elaboración de un marco normativo que permitiera lograr este hito para la población penitenciaria.

De estas comisiones, surgió el Reglamento del Voto Penitenciario en la República Dominicana, y de esta manera, tomaron en cuenta a diversas organizaciones que venían reclamando este derecho de los internos, tales como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Vale destacar, que se realizo un levantamiento general con la Procuraduría General de la República y la Dirección General de Prisiones con la finalidad de incorporar a más de 3 mil internos preventivos al proceso democrático, debiendo estos ser empadronados para esos fines.

En ese sentido, la Junta Central Electoral conformara un Padrón Electoral Penitenciario, compuesto por todos aquellos internos que posean su Cédula electoral y se pueda determinar que su prisión irá más allá del 20 de mayo del 2012. En todo caso, es menester que hagamos unas cuantas aclaraciones de índole jurídica con relación a la cuestión, y debemos aclarar que en ningún caso permitirle a los internos el ejercicio del sufragio vendrá a crearles un derecho, más bien lo que se crea son los medios para que estas personas privadas de libertad puedan ejercer un derecho del cual son titulares realmente, en lo que coincido plenamente con el Observatorio Político Dominicano que defiende esta tesis. Recordemos, que en nuestra legislación penal, de origen francés, se instituye la figura de la pena de Degradación Cívica , pena que entre sus efectos esta la privación del ejercicio de todos los derechos ciudadanos y polítícos, incluido el de sufragio, de elegir y ser elegido. Mientras que el Derecho Constitucional dominicano consagra el concepto de pérdida y suspensión de los derechos políticos, convirtiéndose estas dos instituciones en la principal base legal que impedimento de los internos al voto.(Obser. Político Dominicano).

Sin embargo, la convención Interamericana sobre Derechos Humanos , de San José (1978), Costa Rica, en su artículo 23 establece el sufragio universal para todos los ciudadanos, y atendiendo al principio de Supremacía de los Tratados y la Constitución, esta ultima establece que “los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”. Es la misma Constitución dominicana que en su artículo 22 le prevé a la ciudadanía un catálogo de derechos, colocando en el numeral 1 el derecho a elegir y ser elegidos para los cargos que establece la presente Constitución; y en su numeral 2 decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo.

En ese sentido, el Honorable Miembro de la Junta Central Electoral Dr. José Ángel Aquino, en su columna de opinión del Periódico El Caribe, señala que “el derecho electoral califica el sufragio activo como el ejercicio del voto en un proceso electoral; mientras que el sufragio pasivo es el derecho a postularse para los cargos de elección popular”. Como ya hemos dicho, el primer derecho consagrado a la ciudadanía por la Carta Magna es el de elegir y ser elegido, y recordemos ante todo esto, que es la misma Constitución que define nuestro Estado como Social y Democrático de derecho donde la soberanía descansa precisamente en el pueblo, y entendemos que la población penitenciaria constituye parte de ese pueblo. Es lo que se llama un Estado democrático moderno.

Finalmente, la decisión de que solo puedan votar los internos preventivos sigue siendo de exclusión, y ha despertado las criticas de destacados juristas que piensan que es discriminatoria, toda vez que no podrá votar la totalidad de la población penitenciaria sino un segmento de ella, no respetándose el principio de igualdad que consagra la Constitución para todos los dominicanos. No obstante, nos circunscribimos en que constituye en auténtico avance que los preventivos puedan ejercer el voto considerando que muchas veces el numero de preventivos es mayor que el de condenados, en los países que tienen una alta tasa de encarcelación.

Cautivas en Cleveland abortaban por los puños de Castro

Es difícil explicar cómo Amanda Berry, Georgina “Gina” de Jesús y Michelle Knight están vivas, porque en los casi 10 años que estuvieron cautivas sufrieron todo tipo de abusos y nunca recibieron atención médica.

 El supuesto responsable de hacerlas pasar por esa tortura, Ariel Castro, tiene hoy su cita en los tribunales, donde debe responder por los primeros 7 cargos que las autoridades sometieron en su contra.

 Según las declaraciones que ofrecieron las mujeres a las autoridades, tras ser rescatadas el pasado lunes, Castro las mantenía en tensión todo el tiempo ya que hacía como que salía de la casa y de repente volvía. Si notaba que ellas habían intentado escapar o buscar ayuda, las golpeaba hasta que “entendieran” que nunca más deberían hacerlo.

 Michelle Knight, quien todavía permanece recibiendo asistencia médica, dijo a los oficiales que sufrió al menos 5 abortos provocados por los puños que Castro daba sobre su vientre.

 Además, cuando Amanda Berry dio a luz, en la casa, Michelle fue la encargada de recibir a la niña -que hoy tiene 6 años-. La joven alegó que Castro le dijo que si algo le pasaba a la criatura, la mataría. Más adelante en el día, se anticipa que surjan nuevos detalles sobre el horror en que estuvieron sumergidas las tres jóvenes mujeres.

Fuente. El Diario NY.


miércoles, 8 de mayo de 2013

Inconstitucionalidad de la Ley 58-80 Antritrujillista (caso bachatero Anthony Santos)


Por Geovanny Vicente Romero.-

Esta situación de Anthony Santos es la luz que viene a ser la oportunidad perfecta para que se derogue una Ley que por demás se circunscribe dentro de la inconstitucionalidad, ya que en ningún país civilizado se controla el pensamiento político, así como se respeta la libertad de credo en todo estado de causa. Resulta que la constitución defiende la libertad de difusión del pensamiento y siempre lo sustantivo debe primar sobre lo adjetivo.

 Si analizamos que la Ley 58-80 de 1962 establece claramente que "Toda persona que alabe o exalte a los Trujillo o su régimen tiránico, en alta voz, o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares, dibujos, impresos, grabados, pinturas o emblemas se considerará y juzgará como autor de delito contra la paz y la seguridad publicas y será castigada con prisión de diez días a un año o multa de diez a quinientos pesos oro o con ambas penas a la vez", (artículo 1).

Evidentemente estaríamos sometiendo a una persona por exaltar el pensamiento político de un personaje extinto físicamente hace medio siglo y seria asumir que un difunto es capaz de alterar la paz y la seguridad publica de toda una Nación cosa que nadie con dos dedos en la frente puede concebir, debido a que llega a lo mas absurdo que puede pensar la imaginación humana.

 Hoy se puede decir que esa Ley es inconstitucional en todas sus partes, pues la violación de un derecho de esa magnitud no se puede legitimar con una Ley que sólo irradia repudio y resentimiento a una etapa de la historia dominicana contemporánea. Demás esta decir que no voy en pro de ninguna forma de gobierno que coarte la libertad de expresión, pensamiento, tránsito ni de derecho de índole alguna. Al contrario, me considero un demócrata a ultranza porque la democracia es el único camino viable para vivir libremente y nunca apoyare bajo ningún concepto algún abuso por mínimo que sea, por lo que en este caso pienso que se puede estar abusando de un derecho.

 Mientras que en el país un sector beneficiado por la dictadura en su momento y, otro maltratado por esa forma de gobierno que lo sufrió en cuerpo y alma, no superen su repudio por esa etapa histórica de la República, se mantendrá vivo y latente el recuerdo de Rafael Leonidas Trujillo Molina porque no hay cosa que atraiga más a las personas que lo prohibido.

 Pienso que debemos pasar la hoja ya y asumir que hay libertad de pensamiento y no convertirnos en reproductores de esa funesta práctica de Trujillo de coartar la libertad de pensar de sus conciudadanos. No debemos ser un reflejo de lo que atacamos con tanta vehemencia. No sucede lo mismo en Chile donde se puede hablar de Pinochet, en España donde se puede sacar incluso en las ventanas de las casas una bandera del caudillo Francisco Franco y su República, en Venezuela de Vicente Gómez, en Argentina con Perón, en Rumania con Nicolae Ceausescu, en Yugoslavia con Josip Broz (Tito), y otros pueblos más que con los años han logrado superar el trauma histórico de sus respectivos tiranos y ya hoy pueden contar los sucesos sin odio y resentimiento, sólo como cosas que pasaron sin ningún sesgo en su narración.

 Quizás fui el primero la noche del Soberano que no pasando un minuto del comentario inapropiado de Anthony Santos, puso en su Facebook y en su cuenta @geovannyvicentr de Twitter lo siguiente:

jurídicamente, si consideramos que la Ley Antitrujilista esta vigente, se le podría Anthony Santos someter por promover el antitrujillismo? Se hace necesario ser imparciales y tener una panorámica global del tema porque a Trujillo se debe estudiar partiendo de todas sus facetas como hombre y político de su tiempo, ya que sólo estudiamos al Trujillo asesino, saqueador, violador de derechos, malversador y otras cosas más, pero damos la espalda a estudiar el caso completo y ver el Trujillo nacionalista, constructor, saneador de la economía dominicana, el organizador de nuestro país, etc.

 No podemos ignorar que cuando llegamos a un lugar desorganizado cualquiera, cuando alguien dice la expresión " aquí falta el Jefe" se ha popularizado esa frase precisamente porque fue sinónimo de Organización publica de la vida nacional. Sin embargo, reconozco que siempre lo negativo le despoja las luces a lo positivo, pero me hago la pregunta: ¿ En 31 años fue más lo negativo que lo positivo? Nunca me la responderé es un tema muy complejo y de los más profundos debates.

 Si este cantante es apresado por esas expresiones trujillistas será un sometido por delitos políticos pero nunca por la violación de una ley amparada en la libertad de pensamiento y expresión. Ahora bien, que el escenario y la noche de gala no era la más idónea para que un cantante que se caracteriza por esos comentarios inapropiados haga uso de ellos, pues contábamos con invitados internacionales y dicho premio es visto fuera del país. Ademas de que Acroarte pretende internacionalizar y colocar dicho evento como un referente del arte dominicano.

 Finalmente, insisto, lo adjetivo nunca debe estar por encima de lo sustantivo en materia derecho constitucional y por otro lado, la historia no es como se quiere, es lo que es, queriéndolo o no, Trujillo es parte de nuestra historia y nuestros hijos tienen derecho a conocer las dos campanas de la misma y que ellos emitan su propio juicio, ya que la historia emitió el suyo sobre Trujillo, no la mutilemos.

Juan Pablo Duarte y su idea temprana del poder municipal

Por Geovanny Vicente.-

En ocasión de la celebración del bicentenario de nacimiento de nuestro patricio Juan Pablo Duarte, se hace propicio y común como sucede con cada aniversario, comentar y escribir sobre sus principios, valores e ideales para el proyecto de Nación que siempre creyó y soñó, la consolidación de la Patria dominicana.

De igual manera y para beneficio de las nuevas generaciones, se estila llenar las columnas y los editoriales de todos los periódicos con tópicos tales como la conformación de la Sociedad la Trinitaria, los orígenes de Duarte, los viajes, su abolengo familiar, sus estudios, su exilio venezolano, su propuesta de Junta Central Gubernativa como un gobierno de transición y hasta de su excomulgación de la iglesia Católica ha inspirado el interés de los investigadores de este célebre personaje recientemente.

 Tampoco podemos ignorar que uno que otro medio de prensa escrita le reserva algún espacio principal para tratar aspectos de su vida en general, aunque cada vez son menos los medios que reservan su primera plana para tal efecto, siendo de gran preocupación el numero de dominicanos que en algunos certámenes o programas de televisión reprueban preguntas sobre la vida y obra de su Padre de la Patria.

Sin embargo, hoy que el tema de la municipalidad y el desarrollo local, mejor conocido como los gobiernos locales se encuentra en el tapete del desarrollo y consolidación de la Gestión de la Administración Publica Municipal, se ignora en un amplio segmento de la sociedad que cuando no existíamos como País, el fundador de la Dominicanidad tenía ya la idea temprana del desarrollo de su "sueño dominicano" a través del Poder Municipal.

 Para el patricio Juan Pablo Duarte el municipio debía constituirse en la piedra angular del poder, tanto así que dentro de su propuesta de proyecto constitucional incluyo el Poder Municipal como el cuarto poder de los poderes del Estado. Todo esto porque concebía que la municipalidad debía tener autonomía política como para administrar sus recursos y establecer normas y arbitrios en su demarcación territorial. Esto lo que significa es que para los trinitarios y la corriente de Duarte, la municipalidad constituía tal vez uno de los sectores de poder político mas importante para el desarrollo de una nación que apenas daba sus primeros pasos.

Sin lugar a dudas, Duarte al hacer tanto énfasis en la constitución de un Poder Municipal, el patricio intentaba evitar que la hegemonía del poder ejecutivo se erigiera en una dictadura constitucional que carezca del contrapeso de otro poder se convirtiera en su filtro de decisiones. Por todo lo anterior, es que su proyecto de Constitución establecía que “Para la mejor y más pronta expedición de los negocios públicos se distribuye en: Poder Municipal, Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo". En ese mismo orden, continuaba diciendo en artículo 2 de dicho Proyecto, que "estos Poderes llámense constitucionales porque son y habrán de ser constituidos, so pena de ilegitimidad, con arreglo a la Constitución y no de otra manera”.

En adicción a lo postulado por el tratadista y filosofo ilustrado del derecho constitucional Barón de Montesquieu y su teoría tripartista de la división del Estado en tres poderes, es decir, Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, ya nuestro Juan Pablo Duarte como visionario entendía que debía agregarse un cuarto poder que se constituiría en el Poder Municipal. Esta idea tal vez un poco ambiciosa en aquel entonces, no debe verse como utópica pues en la actualidad tenemos la experiencia de países que en sus esfuerzos por perfeccionar sus mecanismos de controles y contrapeso (Cheks and Balance) no solo cuentan con tres poderes, sino con cuatro o cinco, tales como la figura política del Poder Electoral.

Tal es el caso de Ecuador que cuenta con cinco poderes entre los cuales están el Poder de la Función Electoral y el Poder de la Función de Transparencia y Control Social. Es necesario colegir, que aunque en la Republica Dominicana el Poder Municipal de Duarte no tiene rango constitucional como para ser considerado el cuarto poder, en la praxis es una realidad pues la Constitución Política dominicana y las leyes especializadas en el tema de los Ayuntamientos le brindan autonomía y personalidad jurídica a las Entidades Municipales cuando dice nuestra Carta Magna en su artículo 199 que: "El Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales constituyen la base del sistema político administrativo local. Son personas jurídicas de Derecho Público, responsables de sus actuaciones, gozan de patrimonio propio, de autonomía presupuestaria, con potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijadas de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía, en los términos establecidos por esta Constitución y las leyes".

 No podemos terminar este articulo sin reconocer el trabajo arduo en pro del desarrollo de los gobiernos locales en el marco de la municipalidad ejercido por instituciones tales como el Ministerio de Administración Publica (MAP) como Órgano rector, en la Gestión que desarrolla el Ministro Ramón Ventura Camejo. De igual forma, la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), la Agencia Española de Cooperación Internacional y la Fundación DEMUCA han hecho sus aportes significativos en los trabajos técnicos en colaboración con el MAP, así como en su momento lo hizo el extinto Consejo Nacional de Reforma del Estado (CONARE). Estas instituciones y otras que no he mencionado, han conformado y articulado agendas municipales que contengan las necesidades y demandas de los gobiernos locales, temáticas que han sido presentadas al poder ejecutivo, legislativo y todos los actores políticos y sociales que tienen nivel de incidencia en la toma de decisiones a los fines de poner el tema municipal en la agenda nacional.

Todo esto para lograr un pacto nacional por la descentralización y el desarrollo de la Republica Dominicana ya que entendemos que el gobierno central no puede cubrir toda la geografía nacional en la satisfacción de necesidades a través de servicios de calidad, continuos y permanentes, necesidad esta que solo puede ser satisfecha por un órgano desconcentrado como los Ayuntamientos, y por ende, el logro de munícipes satisfechos.

martes, 7 de mayo de 2013

Barrick Y Rep. Dom.

Artículo de opinión, por el Licenciado Franklin Vicente.-

 Pasado el medio día de este lunes llego al país una comisión de altos ejecutivos de la empresa minera Barrick Gold, la misma está integrada por los ejecutivos Calvin Francis Pon, John Lawson Thornton, Alann Hjordis Heath, Derek Hudson Burney, Kelvin Paul Michel Dushnisky, Andrew lloyd y Curtis Arthur Johnson.

 Es oportuna la visita de este equipo pues traen consigo un borrador que presentarían al gobierno dominicano. Esperemos que dicho borrador sea analizado, pensando en los intereses del pueblo dominicano y en las necesidades por la cual el mismo pasa en la actualidad Esta visita coincide con el cargamento retenido en aduana por presentar ciertas irregularidades, el mismo está valorado en 22 millones de dólares.

Además es un momento histórico en la RD, donde el pueblo se ha unido en una sola voz, y exige tenazmente que la empresa minera se siente en la mesa del dialogo con el gobierno dominicano, con el objetivo de buscar soluciones al contrato desigual entre la empresa y el país.

 El pueblo está atento a dicha renegociación, esperando salgan resultados positivos y que en la misma se establezca un porciento más significativo para país, no el mísero 3%, que actualmente recibimos de esta empresa extranjera, esperemos que pueda prevalecer la justicia y que el ultimátum dado a la minera el pasado día 30 de abril, traiga consigo la firma de un contrato más justo para todos.

 De acuerdo con datos obtenidos a través de los medios de comunicación dominicanos, la misión se reunirá con los funcionarios del Gobierno que llevan a cabo el proceso de renegociar. Los funcionarios oficiales con los cuales la misión de la minera se reunirá son: los ministros de la Presidencia, Gustavo Montalvo; Temístocles Montás, de Economía, Planificación y Desarrollo; de Industria y Comercio, José del Castillo y de Hacienda, Simón Lizardo, entre otros.

 Es hora de sentarse y renegociar dicho contrato, pensando en los beneficios positivos para cada uno de los habitantes de este pequeño terruño, que ha sido golpeado con el látigo de la opresión y la desigualdad. Es el momento preciso de sentarse y defender los intereses de la colectividad, no de un grupo en particular. Es preciso sentarse y redactar un contrato justo, en el que la normativa legal aplicada sea en beneficio de cada dominicano, cada dominicano le exige a los altos funcionarios que intervendrán en dicha negociación que defiendan los derechos inherentes que le son otorgados por la carta magna y las demás normativas vigentes en la actualidad.

Trío boricua arrestado por rapto de mujeres en Cleveland.

CLEVELAND, Ohio, EE.UU. - Tres mujeres que desaparecieron por separado hace aproximadamente una década fueron halladas vivas en una casa de Cleveland y es probable que hayan permanecido atadas durante sus años de cautiverio, dijo la Policía, que detuvo a tres hermanos. Una de las mujeres pudo escapar y hablar el lunes con un operador del teléfono de urgencias 911.

Después de decir que había sido secuestrada agregó: "Estoy libre ahora". Julio Castro, quien administra una tienda de comestibles a media cuadra de donde fueron rescatadas las mujeres, dijo que el dueño de la casa y quien ya fue detenido es su sobrino, Ariel Castro. La mujer que escapó, Amanda Berry, también identificó a Ariel Castro por su nombre en la llamada al 911. Según su tío, Ariel Castro había trabajado como conductor de autobuses escolares.

El distrito escolar de Cleveland confirmó que era un exempleado, pero no dio a conocer más detalles. No fue posible contactar a Ariel Castro en la cárcel anoche. Nadie respondió a los mensajes dejados en la Policía y la cárcel donde estaba detenido.

 Muchas personas se reunieron anoche en la calle cerca de la casa al sur del centro urbano de la ciudad. El jefe policial local dijo creer que las mujeres —Berry, Gina de Jesús y Michelle Knight— permanecieron secuestradas en la casa desde que desaparecieron cuando eran adolescentes o adultas jóvenes. Las tres mujeres parecían estar en buen estado de salud y fueron trasladadas a un hospital para ser evaluadas y reunirse con sus familiares.

 La Policía dijo que en la casa también se encontró un niño de seis años, pero no se reveló de inmediato su identidad ni su relación con alguna de las personas en la vivienda. Un vecino, Charles Ramsey, dijo a la televisión que él vio a Berry, a quien no conocía, gritando y tratando de escapar de la casa. Ana Tejeda, quien vive al otro lado de la calle, dijo que Berry estaba nerviosa y llorando después de haber derribado una pantalla en una puerta para poder escapar y llamar a la Policía.

Tejeda habló en español y un amigo tradujo sus declaraciones a un periodista anglófono de The Associated Press. En una llamada grabada al 911 se escucha a Berry decir: "Soy Amanda Berry. He estado en las noticias durante los últimos 10 años". Dijo que había sido secuestrada y rogó a la Policía que llegara a la casa antes de que regresara un hombre. "Fui secuestrada y he estado desaparecida durante 10 años", dijo al despachador. "Pero ya estoy aquí. Estoy libre ahora".

Berry desapareció a los 16 años de edad el 21 de abril de 2003, cuando llamó a su hermana para decirle que alguien la iba a llevar a casa en un vehículo desde su trabajo en un restaurante Burger King. Un año después desapareció De Jesús, entonces de 14 años de edad, mientras iba a la escuela. Ambas fueron halladas el lunes a pocos kilómetros de los lugares donde desaparecieron. La Policía dijo que Knight desapareció en 2002 y que ahora tiene 32 años.

No proporcionaron las edades actuales de Berry o de De Jesús. La Policía dijo que uno de los hermanos, de 52 años, vivía en la casa, y que los otros, de entre 50 y 54 años, vivían en otro lugar. Las autoridades no dieron nombres ni dieron detalles acerca de ellos o de los cargos que podrían enfrentar.
Fuente. eldiariony  

jueves, 2 de mayo de 2013

Niño de 5 años mata a su hermana de 2 mientras jugaba con un rifle infantil en EE.UU.

EFE Los Ángeles (EE.UU.)
Un niño de cinco años mató de un disparo a su hermana pequeña de dos en el condado de Cumberland, en Kentucky (EE.UU.), cuando jugaba en su domicilio con un rifle diseñado específicamente para menores que le habían regalado el año pasado, informó ayer la cadena de televisión local WKYT-TV.

 Los hechos ocurrieron el martes cuando la madre de los pequeños se encontraba en la casa. La niña fue trasladada de urgencia a un hospital cercano donde se certificó su fallecimiento. "Es uno de esos accidentes locos", aseguró el forense del condado, Gary White, que identificó a la menor como Caroline Starks, según publicó el portal Kentucky.com.

 El arma del incidente es un rifle para niños del calibre 22 fabricado por la compañía Keystone Sporting Arms y conocido como "Crickett", según comentó White, que señaló que el autor del disparo estaba acostumbrado a su manejo.

 El rifle se guardaba en la esquina de una habitación de la casa y, según ha trascendido, los padres ignoraban que tuviera una bala cargada.

 La página web Crickett.com, propiedad de Keystone Sporting Arms, promociona la venta de armas de fuego a menores bajo el lema de "Mi primer rifle" y asegura comercializar "armas de calidad para los jóvenes estadounidenses". En 2008 la empresa produjo 60.000 armas para niños entre rifles y pistolas que se venden en colores llamativos.

Fuente. Listin Diario

miércoles, 1 de mayo de 2013

A propósito de la ambulancia

Lease las recomendaciones dadas para el uso correcto de las ambulancias

Santo Domingo Unos 32 hospitales, incluidos en el plan estratégico de reducción de la mortalidad materna e infantil, recibieron ayer del Ministerio de Salud Pública, una ambulancia cada uno, con el propósito de facilitar el traslado oportuno de pacientes, sobre todo parturientas.

Al hacer la entrega, el ministro de Salud Pública, Freddy Hidalgo Núñez, destacó que los hospitales favorecidos están ubicados en diferentes puntos del país, y que las ambulancias, totalmente equipadas, serán conducidas por choferes debidamente entrenados, quienes a su vez estarán acompañados por paramédicos capacitados.

Destacó la importancia del traslado eficaz y oportuno de los pacientes, pero sobre todo de las parturientas al momento de ser referidas de un hospital a otro. “Un traslado de calidad, oportuno y con calidez, necesariamente va a repercutir en la estabilidad del paciente y en la preservación misma de su vida”, señaló.

 De su lado, el doctor Séntola Martínez, director nacional de Emergencias y Desastres, reiteró a los directores de los hospitales el compromiso que asumen a partir de ese momento con el uso correcto y el debido mantenimiento de las ambulancias. 

Entre los hospitales que recibieron el transporte sanitario se encuentran el San Vicente de Paúl, de San Francisco de Macorís; el de Guayabal, de Azua, y los hospitales municipales Rosa Duarte, Bánica y Hondo Valle, de la provincia Elías Piña. Centros del Sur También, el Juan Pablo Pina, de San Cristóbal; el de La Descubierta, en Jimaní; el hospital Elio Fiallo, de Pedernales; José María Cabral y Báez y Arturo Grullón, de Santiago; el de San José de los Llanos, de San Pedro de Macorís; el de Monte Plata y el Ricardo Limardo, de Puerto Plata.

Además, los hospitales de Villa Isabela; Nuestra Señora del Carmen, de Padre Las Casas; el del municipio Hondo Valle; el Pascasio Toribio, de Salcedo; Nuestra Señora de Regla, de Baní; Teófilo Hernández, de El Seibo; Leopoldo Pou, de Samaná; Enriquillo, de Barahona, y el hospital municipal de Monte Cristi, entre otros.
Fuente. Listin Diario